Las comuniones en los padres separados

Se aproxima Mayo, el mes por excelencia de las comuniones...

El periódico El Comercio ha contado con el despacho GMC Abogados para aclarar los problemas que surgen con las comuniones en los padres separados. Aquí puedes leer el artículo completo.

 

Se aproxima Mayo, el mes por excelencia de las comuniones, un tema que no tendría por qué conllevar más complicación familiar que la de ver dónde se celebra o que vestido/traje compramos a nuestro hijo

 

Pero si estamos separados y no hay un acuerdo sobre su celebración, la cosa se complica…

Hablamos con Gemma González Calvo, experta en derecho matrimonial sobre los derechos y obligaciones de ambas partes en caso de desacuerdo. Fundadora de GMC Abogados, despacho especializado en el Derecho de Familia y abogada de la Asociación de Padres de Familia Separados de Asturias, Gemma es además mediadora familiar, criminóloga y detective privado.

 

-¿Qué debe hacerse ante un caso de desacuerdo?

En primer lugar desde el despacho, queremos que nuestra primera recomendación sea el sentido común. Por el bien de los hijos de quienes eran pareja, hay que intentar llegar a un acuerdo. Pero si no somos capaces, solo nos queda la opción de acudir a la vía judicial. Como es imaginable, estas cuestiones organizativas de comuniones NO están reguladas, pero en el artículo 156 del Código Civil se fija que la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. En caso de desacuerdo cualquiera de los dos padres podrá acudir al juez.

 

- Empecemos por el principio, ¿qué pasa si mi expareja no quiere que nuestro hijo asista a catequesis?

El procedimiento judicial es sencillo, se debe solicitar autorización judicial para llevar al niño a catequesis y fuerce a nuestra pareja a que cumpla la decisión si es que se opone. Pero hay que asegurarse de solicitar tanto la autorización para que asista a la catequesis como para que luego asista a la comunión, pues son dos actividades diferentes que a nivel legal no tienen porqué estar vinculados.

 

- ¿Y si mi expareja no quiere que mi hijo haga la primera comunión?

En ocasiones en el despacho nos encontramos con que hay progenitores que no quieren que sus hijos realicen la primera comunión, y se ven obligados a acudir a nosotros para resolverlo. Se trata, una vez más, de una cuestión de patria potestad, y por lo tanto, se requiere solicitar el auxilio judicial. En ese momento, el juez, basado en diferentes consideraciones, decidirá si el niño debe o no realizar la primera comunión.

 

-¿Y si mi expareja no quiere que yo vaya a la comunión? ¿Me puede impedir que vaya a la Iglesia?

En este sentido debemos diferenciar entre el lugar de celebración y la fiesta de celebración. La Iglesia es un espacio público y no se le puede negar a nadie su entrada.

 

-Pero, ¿y a la celebración?

Este es otro tema. Si el entendimiento entre los padres fuera imposible, deberá cumplirse de manera rigurosa lo dispuesto en la resolución judicial o convenio regulador, y por lo tanto, el niño o la niña pasará el día de su comunión con el progenitor al que le correspondiera esa fecha. O acudir al juzgado para que, de alguna de las maneras posibles, el menor pueda celebrar la comunión con los dos padres y sus familias.