Está claro que los progenitores tienen obligaciones hacía sus hijos,¿pero no las tienen también los hijos hacía sus padres?
GMC Abogados ha defendido recientemente en un procedimiento penal a un padre que denunció a su hija ya que, tras muchos años sin tener contacto y tras ofrecerle el padre su domicilio a la hija por su complicada situación personal, ésta aprovechó para cambiar la cerradura, impidiendo al padre acceder a la misma, y vender todos los muebles y enseres personales de nuestro cliente a través de una aplicación de venta de bienes de segunda mano. Además, la hija falsificó la firma del padre para empadronarse en su vivienda. Finalmente se llegó a un acuerdo y la hija aceptó los cargos de falsedad en documento oficial (por falsificar la firma del padre) y coacciones (por cambiar la cerradura del domicilio del padre).
Respecto a los enseres personales y muebles del padre que la hija vendió, se absolvió a la acusada ya que el Código Penal dice que los descendientes, ascendientes, cónyuges y hermanos están exentos de responsabilidad por los delitos patrimoniales que cometieren entre sí siempre que no exista intimidación, abuso o violencia.
Aprovechamos para recordaros que en GMC Abogados somos especialistas en Derecho de Familia y todo lo relativo al mismo, y llevamos también procedimientos penales.
![](https://image.jimcdn.com/app/cms/image/transf/none/path/s52e22e3ef394fcc0/image/i466c11af3d29b0d4/version/1551443752/image.jpg)
Yo mando