¿Es el avión el medio de transporte más seguro para el traslado de un menor?
En GMC Abogados nos han notificado hace tan solo unos días una Sentencia de la Audiencia Provincial, que desestima el recurso de apelación interpuesto de contrario contra la sentencia de primera instancia. El juez de instancia, estimó la demanda interpuesta por este despacho solicitando entre otras cosas que los traslados de la hija común entre el domicilio materno, en Murcia, y el paterno, en Luanco, se realizasen preferentemente a través del avión. La madre argumentó en contra, alegando que la hija común, de 9 años, no estaba preparada para viajar en avión. Sin embargo la Audiencia argumenta a favor de dicho medio de transporte: "De inicio comparte la sala la decisión adoptada en cuanto a la preferencia del transporte el aéreo por cuanto el uso del mismo acortaría el tiempo del desplazamiento de la niña ahorrándole tediosos desplazamiento por carretera y a los padres recorrer largas distancia." Eso sí, dada la corta edad de la menor, será obligatorio para los progenitores que dichos traslados por avión de la hija común, se realicen siempre con servicio de acompañamiento.