Percibes o abonas una pensión compensatoria, y tienes alguna duda, nosotros te ayudamos
En GMC Abogados nos han notificado esta semana una Sentencia por la cual, se mantiene una pensión compensatoria, si bien reduciendo la cantidad, a pesar de que los ingresos de la esposa, habían aumentado sustancialmente. Al momento del divorcio, la esposa no tenía ingreso alguno. Al alcanzar la edad de jubilación, comenzó a cobrar la pensión correspondiente. Momento que aprovechó el esposo para solicitar la extinción de la pensión compensatoria que había venido abonando durante años.
La realidad es que, entre la pensión compensatoria y la pensión de jubilación, la esposa prácticamente percibía más ingresos que el esposo. Al haber mejorado su situación económica, la jueza entiende que la cuantía a abonar debe reducirse. Pero no la extingue por completo tal y como pedía el esposo, porque como veníamos defendiendo:
1) Nuestra clienta tiene una serie de gastos (entre ellos el alquiler de su vivienda) que el esposo no tenía y que harían inviable que pudiera vivir de quitarle por completo la pensión compensatoria.
2) Cuando se fijó la pensión compensatoria, era predecible que la esposa tendría en algún momento otros ingresos. No hubiera podido subsistir de no ser así.
Si percibes o abonas una pensión compensatoria, y tienes alguna duda al respecto, ven a asesorarte al despacho. Somos especialistas en Derecho de Familia. La especialización, nos permite analizar los pormenores de cada caso para garantizar una solución de éxito.